Buenos Aires, 16 de noviembre de 2005.

Sr. Subsecretario de Transporte Aerocomercial
Dn. Ricardo Cirielli
S / D
De nuestra mayor consideración:

Las Asociaciones abajo firmantes, nos dirigimos al Sr. Subsecretario para expresar la disconformidad que causa a estas organizaciones sindicales la actitud adoptada por la empresa AER02000 / LAN ARGENTINA, en cuanto a su accionar para con los trabajadores argentinos, debido fundamentalmente a dos importantes cuestiones:

1.- El desconocimiento a las leyes argentinas y acuerdos firmados con el Gobierno nacional.
2.- La solicitud de vuelos a Miami, Estados Unidos de Norte América, en las condiciones que explicamos a continuación.

Sobre el punto 2, nos referimos fundamentalmente al hecho de que la empresa en cuestión pretende realizar dichos vuelos con aeronaves de matricula Chilena (CC), siendo que la República Argentina tía recuperado la categoría 1, lo cual fuera oportunamente anunciado por el Presidente de la Nación, Dr. Néstor Kirchner. Esta situación se ve agravada por la intención de utilizar en dichos vuelos a Pilotos y Tripulantes de Cabina que se encuentran realizando cursos de capacitación para ingresar al servicio, los cuales no se encuentran regidos por ningún Convenio Colectivo de Trabajo -según lo informado por la misma empresa-.

No escapa a su conocimiento, que los distintos gremios con representación en la compañía, hemos firmado dos Actas Acuerdo, una de fecha 10 de Marzo y una subsiguiente de fecha 14 de Abril de 2005, en las cuales se establece el mantenimiento de las condiciones laborales a la vez que se resaltaba que los acuerdos son fundamentalmente para los trabajadores de la ex L.A.F.S.A.

De hecho, es positivo que se incorporen más trabajadores Argentinos a esta empresa, pero de ninguna manera, en condiciones inferiores a las de los trabajadores provenientes de LAPSA, existiendo de esta manera dentro de una misma empresa, trabajadores de primera y trabajadores de segunda categoría. LAN aceptó por su exclusivo interés en entrar al mercado aerocomercial argentino-, las condiciones que el Estado argentino impuso, Asimismo, las asociaciones sindicales aceptamos formar parte del proyecto en determinadas condiciones, las” cuales no se están cumpliendo.

La intención de AER02000 / LAN ARGENTINA, de realizar dichos vuelos con el personal antes indicado, es considerado por estas organizaciones corno una VIOLACIÓN flagrante a los acuerdos precitados, lo cual pone en serio riesgo la armonía laboral que hasta el momento existe en la empresa. Este accionar perjudica directamente los intereses de nuestros representados, ya sean nuevos trabajadores o los provenientes de la ex LAFSA.

Aero2000 / LAN ARGENTINA privilegia a los nuevos trabajadores aludiendo que los mismos no poseen Convenio Colectivo de Trabajo, intentando de esta forma disminuir costos de personal, desconociendo no solo dictámenes del Ministerio de Trabajo de la Nación sino las mismas actas acuerdo por ellos rubricadas, lodo ello en detrimento de los trabajadores provenientes de LAFSA.

En base a lo expuesto, y en la intención de evitar un conflicto de intereses por un lado, y asegurar el cumplimiento de los acuerdos firmados por otro, solicitamos a Usted, que de autorizarse dicho vuelo con aeronaves de matricula Chilena o Argentina, los mismos solo puedan ser realizados con tripulaciones originarias de la ex L.A.F.S.A. que se encuentren debidamente incorporados dentro de los C.C.T. correspondientes.

JUAN L. PAPPALARDO
Secretario Adjunto
A Cargo de la Sec. General
Asoc. Pers. Técnico Aeronáutico

M. CANDELA COVIAN
Secretaria General
ATCPEA

JORGE PÉREZ TAMAYO
Presidente

C/C
Secretaria de Transporte

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