FIJA POSICIÓN RESPECTO DENUNCIA
Néstor Perl, Abogado (T° 82- F° 78 C.P.A.C.F), apoderado de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas, con domicilio en Lezica 4031, Capital Federal, al Sr. Ministro me presento y digo:
OBJETO:
Por la presente, acreditando la personería invocada con copia del poder cuyo ejemplar certificado adjunto, es que vengo a fijar posición frente a la denuncia que realizara la Unión de Aviadores de Líneas Aéreas (U.A.L.A) contra la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), la cual desestimo en todas sus partes, por carecer de veracidad los fundamentos en los cuales pretende basarse, considerando que la misma debe desecharse por los motivos que a continuación se dan:
Es cierto que Cielos del Sur Sociedad Anónima – Austral Líneas Aéreas se encuentra en un proceso de expansión, motivo por el cual a incrementado su presencia en vuelos de cabotaje, aumentando por ende la dotación de pilotos y de aeronaves.
Asimismo ha solicitado al Poder Ejecutivo Nacional el otorgamiento de las rutas: Buenos Aires – Lima – México y vv.; Buenos Aires – Miami -Nueva York y vv.; Buenos Aires – Auckland – Sydney y vv. Y Buenos Aires – Madrid – París- Londres y vv.; motivo por el cual se realizara la Audiencia Pública n° 217 del 19 de diciembre de 2005., tal como lo manifiesta el apoderado de U.A.L.A, pero lo que no es cierto, es que no se hayan afectados los planes de inversión y desarrollo de la empresa Aerolíneas Argentinas como pretende hacernos creer el apoderado mencionado. A éste respecto quisiera transcribir parte de los fundamentos que el ESTADO NACIONAL agrega en autos caratulados ESTADO NACIONAL C7 AEROLÍNEAS ARGENTINAS SA s/ ORDINARIO (EXPTE N° 92412/2005): …el caso de Cielos del Sur S.A. es muy claro ya que el crecimiento de dicha compañía en el mercado de cabotaje puede explicarse perfectamente por el decrecimiento de la participación de ARSA en el mismo mercado. Además de la evolución negativa ya explicada, desde el 70% al 52% en el ejercicio 2004, en la actualidad el Grupo Marsans plantea abiertamente en negociaciones con gremios aeronáuticos en conflicto y en la prensa, su pretensión de limitar la participación de Aerolíneas Argentinas SA. En el mercado de cabotaje argentino al 50%, reservando el resto del mercado para Austral.
En tal sentido, además de la distribución de mercado que puede medirse con distintos parámetros sobre los cuales hay suficiente estadística, existe la posibilidad cierta que de mediante el manejo conjunto e integrado de ambas compañías, la distribución de costos, gastos e ingresos no remite equitativa para Aerolíneas Argentinas SA y por tanto opere perjudicándola y beneficiando indebidamente a Austral SA como a cualquiera de las otras empresas vinculadas.
Repito, la expansión de Austral Líneas Aéreas afecta los planes de inversión y desarrollo de Aerolíneas Argentinas, a pesar de la temeraria afirmación del apoderado de U.A.L.A.
Con respecto a la agenda de negociación que APLA preséntala a la empresa, no se exige en ella el achicamiento de la flota de aeronaves de Austral sino la devolución de cuatro MD-83/88 que pertenecieran a Aerolíneas Argentinas así como también tres B-747/200 a AIRPLUS, 2 MD-83/88 a AIRPLUS y un B-737/200 a Aerolíneas del Sur, como se puede comprender se trata de la devolución a la Sociedad Aerolíneas Argentinas de la flota que fuera repartida entre distintas empresas del guipo achicando la de Aerolíneas Argentinas.
El punto 5° de la nota de APLA efectivamente habla de incorporar 100 pilotos a la Sociedad Aerolíneas Argentinas al solo efecto de cumplimentar la Ley de Contrato de Trabajo y el Convenio Colectivo de Trabajo, sin que estos necesariamente sean los incorporados por Austral, más allá de la mentira expresada por el apoderado de U.A.L.A no deja de ser verdad que también es un honor para un piloto pertenecer a Aerolíneas Argentinas. Efectivamente se opone APLA a la entrega de rutas internacionales a la Sociedad Austral, especialmente porque éstas se superponen a las de Aerolíneas Argentinas, dando la impresión que como en otras rutas de cabotaje se pretende reemplazar a la misma, insisto en que éstas no son más que maniobras en menoscabo de Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima.
Efectivamente ha existido una solicitada pagada de U.A.L.A, donde hacen gala de un fervor empresario digno de mejor causa, especialmente cuando mencionan que nadie podrá quebrar eí brazo de la empresa (largo brazo que pretende aplastar los mínimos reclamos de quienes trabajan en ella). Es obvio que la solicitada pretende atentar contra el derecho de huelga, calificándola de salvaje. El apoderado en su denuncia traía de explicar el porqué de ésta expresión, sentenciando que no se ha encuadrado dentro de la ley, pretendiendo establecer el carácter tan discutido de los servicios esenciales mínimos, que hoy gracias a la inquietud de ése Ministerio va clarificándose a través del nuevo decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
Debo señalar como lo más grave en éste juego de mentiras, pretender que APLA representa solamente los intereses de los pilotos de Aerolíneas Argentinas, esto si me lo permite Sr. Ministro, es un insolente menoscabo a su propia persona, UD. sabe muy bien que en su propio ministerio obran continuas acciones de APLA en defensa de los intereses de pilotos de distintas empresas, como por ejemplo nos cabe pensar en decenas de audiencias realizadas en defensa de los pilotos de: SouthernWinds, Aerovip, American Falcon, últimamente Lan y otras, vuelvo a insistir aquí, no se trata de una mentira que solamente afecte a APLA. Vale la pena señalar en ésta circunstancia un hecho de por sí grave, ya que efectivamente los pilotos de Austral son lodos socios de U.A.L.A, como contraparte debo señalar también que algunos pilotos de Aerolíneas no son socios de APLA, la misteriosa unanimidad de U.A.L.A se ve avalada por el hecho de que algunos pilotos que fueran socios de APLA, dejaron de serlo al entrar en Austral, así como no es difícil deducir el beneplácito que siente el grupo empresario por las acciones y expresiones de la comisión directiva y apoderado de U.A.L.A, tampoco podemos dejar de creer de que existiría presión empresaria para impedir la asociación a APLA de pilotos que trabajen en Austral, esto resulta atentatorio al Art. 53 de la Ley 23.551, situación que aprovecho a denunciar, esperando de UD la respuesta que se digne dar a éste lema.
PETITORIO.
Por lo expuesto y a los efectos de que no queden dudas, se reafirma la defensa de lodos los intereses de los pilotos, por supuesto incluidos los de Austral Líneas Aéreas, como está expresado en los propios documentos presentados por el denunciante en los folios 2,1.3 y 1.4, lo que no implica aceptar servilmente como verdad revelada lo que digan autoridades de la empresa Aerolíneas Argentinas, como así lo pretende imponer la Comisión Directiva y apoderado de U.A.L.A (F1), para APLA reclamar justicia y por ello ser objeto de ataque de los empresarios, es un timbre de honor. A propósito de patoterismo cuando fueron enviados contratados administrativos a una asamblea de pilotos, cuando se pintó el frente de la sede de APLA con expresiones agraviantes, cuando se pretendió no renoval contratos de parientes de pilotos, se escucharon expresiones de solidaridad de pilotos de Austral Líneas Aéreas pero no de la Comisión Directiva ni del apoderado de U.A.L.A, lo que podemos afirmar es que el silencio cómplice no representa a los pilotos, a ningún piloto. Por todo lo expresado, solicito se tenga por no fundamentada la supuesta denuncia realizada por el apoderado y Comisión Directiva de U ALA y sí se haga lugar, a la arriba expresada con respecto a la violación del Art. 53 de la Ley 23.551.-
Sin más, lo saluda con especial respeto.
NESTOR PERL
ABOGADO